El pasado 11 de octubre de 2022 se aprobó el nuevo reglamento de procesos selectivos y formación de la Policía Nacional, en el que definitivamente se elimina el requisito de estatura mínima para acceder al cuerpo, con la excepción de las unidades de élite.
Para el acceso a la Policía Nacional, en convocatorias pasadas era imprescindible contar con una altura mínima de 1,65 centímetros en el caso de los hombres y 1,60 para las aspirantes mujeres, medidas que no serán necesarias para quienes se presenten a los procesos selectivos a partir de 2023. Con este cambio la Policía Nacional se equipara a otros Cuerpos civiles de policía de países europeos, como Francia, Italia, Países Bajos, Finlandia, Eslovaquia, Suecia, Noruega, Austria, Irlanda, Reino Unido, Rumanía, Dinamarca y Alemania.
Esta medida debería de servir como hoja de ruta para establecer unos requisitos homogéneos en todas las policías españolas (tanto autonómicas como locales).
Responsables de Formación del CNP explicaron que la altura mínima de 1,60 para las mujeres era «especialmente discriminatoria» porque estadísticamente en España hay muchas más mujeres por debajo de este rango que hombres por debajo del 1,65.
El pasado febrero, fue el propio titular del Interior, Fernando Grande-Marlaska el que anunció la determinación de su departamento de acabar con «este techo de cristal» sobre todo para las mujeres. «La actual regulación es más restrictiva para la mujer. Su límite está solo dos centímetros por debajo de la estatura media de las mujeres, mientras que en el caso de los hombres el margen llega hasta los nueve centímetros», denunció el ministro.
Pero más allá de una decisión política, el fin de la altura mínima en el CNP era una obligación legal. El pasado julio el Tribunal Supremo anuló el requisito de la altura mínima de 1,60 metros para las mujeres que querían presentarse a las fuerzas de acceso al Cuerpo Nacional de Policía al considerar que se trataba de una «discriminación indirecta» frente a los varones.